Lista de morosos con Hacienda: todos los nombres del nuevo listado de 2026
La Agencia Tributaria ha hecho público el listado actualizado de grandes deudores correspondiente al cierre del ejercicio 2025, una relación que incluye a 5.853 personas físicas y jurídicas que acumulan una deuda total de 15.432 millones de euros. Este volumen, aunque elevado, representa una ligera mejora respecto al año anterior: el número de morosos se ha reducido en 144 y el importe agregado ha caído un 4,4%. Sin embargo, al eliminar las duplicidades derivadas de los deudores principales y sus responsables solidarios, la cifra real de deuda se sitúa en 15.364 millones de euros, un 12,2% más que en 2024 (cuando ese mismo concepto alcanzaba los 13.697 millones).
Para acceder al buscador oficial y comprobar si un nombre aparece en la lista, se puede utilizar la herramienta habilitada por la Agencia. Si necesitas gestionar tus propias obligaciones fiscales, recuerda que existen recursos de asesoría fiscal que pueden ayudarte a evitar sorpresas desagradables.
¿Quiénes aparecen y por qué?
Todas las deudas incluidas en este registro superan los 600.000 euros. Además, deben cumplir tres condiciones: no haber sido pagadas una vez finalizado el plazo voluntario de ingreso, no haber solicitado un aplazamiento o suspensión legal, y estar pendientes de pago a 31 de diciembre de 2025. La lista distingue entre dos grandes grupos:
- Personas físicas: 1.111 deudores particulares, un 3,15% más que en la lista anterior, con una deuda total de 1.680 millones de euros (un 6,4% más).
- Personas jurídicas: 4.742 deudores, un 3,61% menos que el año previo, con un adeudo total de 13.752 millones de euros (un 5,53% menos).
“El incremento más acusado corresponde a los particulares: suben tanto en número como en importe, mientras que las empresas reducen su presencia en el listado.”
Estos datos reflejan una tendencia opuesta entre ambos colectivos. Mientras las personas físicas engordan la bolsa de morosos, las personas jurídicas logran salir o reducir su deuda. Para quienes deseen profundizar en estrategias de gestión de deudas, existen guías prácticas que pueden ser de gran utilidad.
Flujo de entradas y salidas
En esta actualización, 879 deudores han abandonado la lista, con un importe agregado de 1.729 millones de euros. Las razones principales son la cancelación total o parcial de las deudas, así como la obtención de un aplazamiento o suspensión antes de la fecha de cierre de datos. En el lado opuesto, 735 nuevos morosos han entrado, sumando 1.083 millones de euros.
Un factor relevante en las salidas ha sido el impacto de las sentencias del Tribunal Supremo de enero y febrero de 2023. El Alto Tribunal estableció que solo pueden publicarse deudas y sanciones tributarias firmes, y que en el caso de liquidaciones vinculadas a delito debe existir una sentencia condenatoria firme. Esto ha obligado a depurar el listado y eliminar registros no definitivos.
Clasificación de la deuda por tipo de deudor
Del total de 15.364 millones de euros (una vez eliminadas duplicidades), la distribución es la siguiente:
- Deudores principales exclusivos: 12.177 millones de euros, el grueso de la deuda.
- Deudores en doble condición: 2.557 millones de euros corresponden a contribuyentes que son a la vez deudores principales y responsables solidarios de un tercero.
- Deudores responsables únicamente: 698 millones de euros, la porción más pequeña, atribuible a quienes figuran solo como responsables solidarios.
Para entender mejor las implicaciones legales de la responsabilidad solidaria, puede consultarse bibliografía especializada en derecho tributario que explica los mecanismos de derivación de responsabilidad.
Supuestos de responsabilidad solidaria más comunes
La inclusión como responsable solidario suele derivarse de situaciones como:
- Ser causante o colaborador en la ocultación o transmisión de bienes o derechos del obligado al pago, con el fin de impedir la actuación de la Administración tributaria.
- Incumplir por culpa o negligencia las órdenes de embargo.
- Participar activamente en la realización de una infracción tributaria.
Estos supuestos afectan especialmente a personas que, sin ser deudoras principales, quedan vinculadas legalmente al pago de la deuda.
Deuda concursal y derivaciones
Otro dato destacado es que 4.288 millones de euros (el 28% del total) corresponden a deudores inmersos en un proceso concursal. Se trata de 1.166 morosos (el 20% del total) cuya deuda está sujeta a las limitaciones de cobro propias de estos procedimientos. Mientras dure el concurso, las posibilidades de recuperación efectiva se ven reducidas.
Además, 2.099 deudores han generado derivaciones de responsabilidad subsidiaria o solidaria a terceros distintos del deudor principal, por un importe de más de 2.927 millones de euros (equivalente al 19% del total de deuda incluida en la lista). Esto significa que, para una parte significativa de la deuda, existen otros obligados al pago más allá del moroso original.
Para quien desee conocer más sobre cómo funcionan los procesos concursales y sus implicaciones fiscales, existen manuales especializados sobre derecho concursal que abordan estas cuestiones en detalle.
Contenido original en https://www.abc.es/economia/cuentas-corrientes/buscador-morosos-hacienda-2026-20260630131318-nt.html
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