Validez de esta promoción: 20/08/23 - 21/08/23
JUEGOSIWoONCE
BASES DE LA PROMOCIÓN
"JUEGOSONCE SORTEA 10 TARJETAS DE COMBUSTIBLE DE
150 €, AGOSTO 2023".
La Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), con NIF G72872815 y
con domicilio en la calle Prado, 24, 28014 Madrid (en adelante; ONCE), ha
decidido llevar a cabo la promoción "JUEGOSONCE SORTEA 10
TARJETAS DE COMBUSTIBLE DE 150 €, AGOSTO 20723 dirigida a
los usuarios registrados en www juegosonce.es de acuerdo a los términos que
se señalan a continuación,
1.- PRIMERA: PERIODO DE PARTICIPACIÓN Y MODALIDAD
1.1.- El plazo durante el cual se podrá panicipar en la Promoción (la *FPromoción”)
dará comienzo el domingo, 20 de agosto de 2023 a las 00:00 horas (hora
peninsular española) y finalizará el lunes, 21 de agosto de 2023 a las 23,45 horas
(hora peninsular española). Ambos diías incluidos.
1.2.- La participación es gratuita y válida para toedo el teritorio nacional.
1.3.- La infornación relátiva a esta promoción, incluidas las bases legales,
permanecerán en la web de JuegosONCE para consulta o infornación hasta que
transcurran treinta (30) días desde que finalice la misma.
1.4.- Los paricipantaes tendrán treinta (30) días para realizar cualquier
reclamación en base a la Promoción, desde el momento en que finalice la misma.
2.- SEGUNDA: REQUISITOS PARA PARTICIPAR
Podrán participar en la presente Promoción quienes cumplan con los siguientes
requisitos:
« Ser pereonas físicas mayores de 18 años.
* Serusuarios registrados de www juegosonce.es al menos 30 días antes
del comienzo de la promoción.
" Para participar en la promoción es imprescindible que el usuano tenga su
cuenta de JuegosONCE operativa en el momento de la celebración del
sorteo ante notario. Estar vernficado documentalmente en la web de
JuegosCONCE con anterioridad al fin de esta promoción (721 de agosto de
JUEGOS Y ONCE
20723 a las 23:45 horas). Participarán tanto los clientes que estuvieran
verificados documentalmente antes del inicio del período promocional,
como aguelos que la háyan completado durante el periodo de esta
promaoción.
No serun usuario incluido en ninguna de las restricciones impuestas por
la Dirección General de Ormenación del Juego (DGOJ) (cientes
autoexcluidos, autoprohibidos o identiicados en situación de riesgo).
Haber realizado una comprá minima en www.juegosonce.es de 1 € en
cualquier producto de la modalidad de Intaría denominada "Loteria
instantánea de bolelos de la ONCE" (rasca”), durante el periodo
promacional, y desde cualquier dispositivo.
3.-TERCERA: REGALO
Ál final de la Promoción mediante sorteo anle notario se otorgarán diez (10
tarjetas combustible de 150 €, cada una, a diez (10) agraciados diferentes
de entre los participantes que cumplan los requisitos establecidos en las
presentes bases, El regalo consiste an una tarjeta de combustible de 150 € de
Soredo. Habrá, por tanto, diez (10) ganadores diferentes.
4.- CUARTA: MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN
Los participantes deberán ser usuaros registrados de JuegosONCE, al
menos 30 dias antes del comienzo de la promoción, cumpliendo los
témminos y condiciones que se establecen para adquírir productos de la
ONCE en dicha web.
Participarán automálicamente en el sorleo todos los usuarios verificados
documentalmente y registrados en wwwjuegosonce.es en el plazo
descritó, que, durante la vigencia de la Promoción, hayan realizado en
www juegosonce.es una compra mínima de 1 € en cualquier producto de
lotería instantánea (rascia”).
El ciente obtendrá una participación por cada gasto de 1 € que realice en
lotería instantánea ("rascas”) en la web de JuegosONCE, por lo que si el
participante compra un rasca Mega Millonario (10 €), obtendrá 10
participaciones y si compra dos restas 7 de la Suerte (0,50 €), obtendrá 1
participación, ya los compre en el mismo acto de compra, o en actos
distintos. Si el gasto en participaciones supera los 10 €, las participaciones
se multiplicarán x?2. Por lo que si el participante compra un rasca Super
Millanes (10 €) y un rasca Siete y Media (1 €) obtendrá 22 participaciones
(11 participaciones por cada 1 € jugado x2).
)
A
JUEGOS E ONCE
5.- QUINTA: SORTEO, NOTIFICACIÓN Y ENTREGA DEL REGALO
5.1.- El sorteo se celebrará ante notaro el lunes, 28 de agosto de 2073.
5.2.- De entre todos los códigos de usuario generados por el sistema de juego
de www juegosonce.es el notario extraerá diez (10) códigos de usuario para
seleccionar a diez (10) ganadores y diez (10) códigos de usuario para
seleccionar a diez (10) suplentes que, por orden, puedan sustituir a los
ganadores an caso de identificación incompleta, incorrecta, no localización, o nú
cumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases.
5.3.- Los ganadores serán notificados a través de Un correo electrónico, Desde
la notificación, los ganadores lendrán un plazo de 3 días naturales para enviar
su aceptación a las presentes bases y al regalo, su consentimiento expreso para
el tratamiento de sus datos personales por la ONCE y la documentación
solicitada, En caso de que los ganadores no acepten en dicho plazo las bases y
al regalo, no consientan expresamente el tratamiento de sus datos personales o
no envíen la información y documentación solicitadas, estos perderán el derecho
al regalo, recumiéndose a la lista de suplentes en estricto orden de extracción. Si
ninguno de los suplentes puede o quiere recibir el regalo, la ONCE podrá
disponer del mismo según estime conveniente.
5.4.- La entrega del regalo, consistente en una larjela de combustible de
Solredo, valorada en 150 €, se entregará mediante su envío por mensajería a la
dirección que los ganadores especifiquen una vez se haya contactado con ellos.
Á tales efectos, se solicitará a los ganadores la información y documentación que
se esliime precisa, que úunicamente será ulilizada por la ONCE para la
comprobación de la titularidad del regalo y el envío del mismo.
6.- SEXTA: CONDICIONES DEL REGALO
“ El derecho de los ganadores a percibir el regalo es personal e
intransferible,
= La ONCE no se responsabiliza del Uso que del regaló realican los
agraciados.
“ Todos los impuestos y tasas relacionados con el regalo de esta
Promación, incluidos aquellos que se devenguen con motivo de la entrega
T
_JUEGOS NONCE
en Canarias, Ceuta y Melilla, y aquellos gastos adicionales motivados por
demora o negligencia por parte de los ganadores, serán de cuenta de
éstos, salvo que, de otra forna, se hubiera establecido expresamente en
las presentes bases.
El regalo ofrecido en la base tercera no es un premio derivado de los
sorteos de lotería organizados por la ONCE, sino un regalo de carácter
promocional que se puede obtener por participar en esta promoción, De
conformidad con la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre
la Renta de las Personas Fisicas, los regalos cuyo valor sea superior a
300 euros, están sujelos a retención (si son en metálico) o ingreso a
cuenta (si son en especie), del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Fisicas (IRPF), La ONCE practicará la Ccorrespondiente retención 0
ingreso a cuenta e ingresará su importe en la Administración Tributaria.
Asimismo, la ONCE informará a la Administración Tributaria de la
identidad de los ganadores, del valor del regalo y de la retención o ingreso
a cuenta efectuado, y remitirá a los ganaderes la oportuna certificación
para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en el IRPF, ya que los
ganadores tienen obligación de incorporar el regalo (tanto en metálico
como en especie) en su declaración anual de IRPF, En caso de regalos
en especie, el Importe de la valoración del regalo que fiqure en la citada
certificación incorporará el ingreso a cuenta efectuado por la ONCE, y
será ese el importe que los gañadores tendrán que incluir en 5u
declaración de IRPF. La ONCE queda eximida de toda responsabilidad
en caso de que los ganadores no cumplan con la obligación de incluir en
su declaración de IRPF el regalo obtenido en esta promoción,
SÉPTIMA: RESERVA DE DERECHOS Y LIMITACIÓN DE
RESPONSABILIDADES
T.A.- Reserva de derechos
La ONCE se reserva el derecho de dar de baja a todos aquellos
participantes sobre los cuales existan motivos razonables que indiquen o
de los que pueda rezonablemente deducirsse que han infringido las
normas de la Promoción. En caso de que dichos participantes hubiesen
obtenido un regalo, ante tales infracciones, perderán el derecho al mismo,
En esle contexto, la infracción de los términos y condiciones Incluye
JUEGOS EF ONCE
cualquier tipo de acto engañoso o fraudulento, además de cualquier
acción realizada a través de sistemas automatizados, y que por ello
resulten contrarios al principio de igualdad de oportunidades entre todos
los participantes.
= En caso de que el sorteo no pudiera realizarse bien por fraudes
detectados, errores técnicos o cualquier otro motivo que no esté bajo el
control de la ONCE, y que afecte a su normal desarrollo, la ONCE se
reserva el derecho a cancelarlo, modificarlo o suspenderlo, sin que los
participantes puedan exigir responsabilidad a la ONCE por este motivo.
* La ONCE sereserva el derecho a realizar modificaciones sobre el plazo,
la mecánica y el regalo de la presente Promoción siempre que las mismas
estén justif icadas o no perjudiquena los participantes y se comuniquen a
éstos debidamente,
= Asimismo, la ONCE 5e reserva el derecho de acortar, promogar, modificar
o cancelar esta Promoción si concurieran circunstancias excepcionales
que, a juicio de la ONCE, impidieran o dificultaran su realización,
T.2.- Limitación de responsabilidades
s La ONCE nose responsabiliza porlos errores o negligencias que cometan
terceras empresas que puedan intervenir en la realización del sorteo o en
la entrega del regalo.
"_ La ONCE no se responsabiliza por los fallos o averias técnicas de
www juegosonce:es que impidan acceder a la Promoción y operar con
nommaiidad.
8.- OCTAVA: PROTECCIÓN DE DATOS
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Partamento
Europeo y del Consejo, de ?7 de abril de 2016, relalivo a la protección de las
personas lísicas en lo que respecta al ratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de Datos o RGPON,
los participantes quedan informados de que los datos personales de los ganadores
Y, ENSU caso, de los suplentes, serán incomporados en un fichero cuyo responsable
es la ONCE, con domicilio en la C/ Prado, 24, 28014 Madrid, con la única
finalidad de gestionar la entrega del regalo y cumplir las obligaciones fiscales
comespondientes. La base jurídica del tratamiento de los datos es la ejecución
JUEGOS E ONCE
de esta Promoción y el consentimiento expreso a dicho tratamiento prestado por
los ganadores y, en s caso, por los suplentes.
Los datos de los ganadores y, en su caso, de los suplentes, serán conservados
hasta que prescriban las correspondientes obligaciones fiscales a cargo de la
ONCE en relación con el regalo. En cualquier momento, los ganadores y los
suplentes podrán ejercitar, si procede, sus derechos de acceso a los datos,
rectificación, supresión, limitación de su tratamiénto u oposición al tratamiento y a
la portabilidad de los datos, asi como a revocar su consentimiento al tratamiento
de sus datos, mediante solicittud por escrito a la ONCE dirigida a C/ Prado, 24
28014 Madrid c al coreo electrónico sachentefijuegosonce.es. La revocación del
consentimiento no afectará a la licitud del tratamiento basada en su consentimiento
inicial y en la necesidad de su tratamiento para la ejecución de la promoción.
Los titularos de los datos tienen el derecho, en caso de que así lo consideran, a
presaentar una reciamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
La ONCE ha nombrado un Delegado de Protección de Datos, con comeo
electrónico dpdatosfonce.es y domicito de contacto en la calle Prado, 24, 28014
Madrid.
Cuando la ONCE contacté con los ganadores y, en 5U caso, con los suplentes,
confore a lo dispuesto en la base 5.3, les solicilará que acepten expresamente
las presentes bases y que presten su consentimiento inequivoco, libre y especifico
para que sus datos personales puedan ser tratados por la ONCE para gestionar la
entrega del regalo que les haya comespondido. Si los ganadores y, en su caso, los
suplentes, se oponen al tatamiento de sus datos por la ONCE, no se les podrá
hacer entrega del regalo y perderán el derecho a recibiro.
La ONCE podrá autorizar a terceros, que actuarán como encargados del
tratamiento, el acceso y tratamiento de los datos para la gestión y desarrollo por
cuenta de la ONCE de la presente Promoción o de cualquiera de los aspectos
de la misma, así como para el envío de los emails a los ganadores y los
suplentes, y para la entrega de los regalos.
9.- NOVENA: USO DE NOMBRE DE LOS GANADORES
Ál aceptar el regalo y las presentes bases, los ganadores de la Promoción y, en
sU caso los suplentes, consienten expresamente en la utiización, publicación y
reproducción por parte de la ONCE, de su nombre e iniciales de sus apelidos en
cualquier tipo de publicidad, promoción, publicación, incluido Internet, o cualquier
JUEGOS I ONCE
otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos
siempre que éstos se relacionen con la presente Promoción, sin reembolso o
compensación de ningún tipo para el participante y sin necesidad de pagar
ninguna contraprestación.
10.- DÉCIMA: ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y FUERO
La participación en la presente Promoción se producirá de forma automática por
el solo hecho de estar verificado documentalmente antes de la fecha de
finalización de la promoción, estar registrado en JuegosONCE durante al menos
30 días antes del comienzo de la promación, no estar incluido en ninguna de las
resinicciones impuestas por la DGOJ y realizar una compra minima de 1 € de
cualquier producto de lotería instantánea en www juegosonce.es durante el
Periodo promocional cumpliendo los requisitos establecidos en estás bases, La
aceptación del regalo por los ganadores y, en si caso, los suplentes, requerirá
la aceptación previa e Integra por éstos de las presentes bases y su
consentimiento expreso para el tratámiento de sus dalos personales. En caso de
divergencia entre los participantes en la Promoción y la interpretación de las
presentes bases por la ONCE, serán competentes para conocer de los lillgios
que puedan plantearse los Juzgados y Trnbunales que corespondan según la
ley.
Las presentes bases legales serán depositadas en tiempo y forma ante el Notario
del llustre Colegio de Notarios de Madrid, Don Miguel Ruiz-Gallardón García de
la Rasilla, con domicilio profesional en la calle Núñez de Balboa, n* 54, bajo.
28001 de Madrid y publicadas en el Archivo Electrónico de Bases de Concursos
(ABACO), servicio de interés general ofrecido por el Consejo General del
Notardado y publicado en hito:/vavw notarñado.orgiiferay'webnotariado/a-
notario/abaco
JUEGOSONCE SORTEA 10 TARJETAS DE COMBUSTIBLE DE 150 €, AGOSTO 2023
'JUEGOSONCE SORTEA 10 TARJETAS DE COMBUSTIBLE DE BASES DE LA PROMOCIÓN BASES DE LA PROMOCIÓN JUEGOSIWoONCE JUEGOSIWoONCE Validez de esta promoción: 20/08/23
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2023-08-09

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